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Buenas Prácticas en la Administración Pública en materia de diversidad cultural y RSC

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Desde el Área de Igualdad, Gestión de la Diversidad y No Discriminación, queremos destacar una serie de buenas prácticas en materia de Gestión de la Diversidad y RSC en las Administraciones Públicas. Estas buenas prácticas han sido seleccionadas para nuestro boletín nº 24, con el objetivo de visibilizar los avances que se están promoviendo desde las distintas administraciones en materia de reconocimiento positivo de nuestra diversidad cultural y en la incorporación de la RSC como herramienta indispensable para una adecuada gestión de esta diversidad.

 

 

Red de ciudades Interculturales (RECI) El Proyecto “Ciudades Interculturales” defiende el uso del enfoque intercultural en el desarrollo de políticas de gestión de la diversidad. La interculturalidad se basa en la apuesta por la igualdad de derechos, deberes y oportunidades sociales; en la construcción de un discurso en positivo de la diversidad y, sobretodo, en el fomento de la interacción social positiva entre el conjunto de la población, luchando contra la discriminación y la exclusión de personas y colectivos.

Actualmente, la RECI está compuesta por 11 ciudades: Barcelona, Bilbao, Cartagena, Castellón de la Plana, San Sebastián, Fuenlabrada, Getxo, Jerez, Parla, Sabadell y Santa Coloma de Gramenet, además de la Isla de Tenerife y sus diversos municipios.

La RECI nació en 2011 impulsada por el Consejo de Europa, y cuenta con el apoyo de la Fundació “La Caixa” y la colaboración del GRITIM (Grupo Interdisciplinario de Investigación sobre las Migraciones de la Universidad Pompeu Fabra). La RECI está englobada en el programa europeo Intercultural Cities (“Ciudades Interculturales”), creado en 2008 y liderado por el Consejo de Europa.

 

Incorporación de cláusulas sociales en los procesos de contratación de las administraciones

 

El pasado 18 de abril concluyó el plazo que tenían los Estados miembros de la Unión Europea para trasponer la Directiva 2014/24 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, del 26 de febrero de 2014, sobre contratos de concesión, contratación pública y “sectores especiales”, a sus legislaciones nacionales.

 

El Estado Español no ha cumplido con este plazo, aunque sin que sirva de justificante, sólo cuatro países han dado respuesta a este requerimiento: Reino Unido, Dinamarca, Portugal y Francia (un 14,3% del total de países miembros de la UE).

http://www.obcp.es/index.php/mod.opiniones/mem.detalle/id.241/relmenu.3/chk.a01a7d67e9593c46e77e7d773daf4e4a En contraposición a este incumplimiento por parte del Gobierno Central, son muchas las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos que llevan tiempo incluyendo este tipo de cláusulas sociales en sus reglamentaciones o que han comenzado a incorporarlas ya entre los requisitos para la contratación con empresas privadas u organizaciones.

 

Generalitat Valenciana, Govern de les Illes Balears, Junta de Castilla y León o Junta de Extremadura son algunas de las comunidades autónomas que han optado por introducir estas cláusulas sociales como prioritarias y determinantes en la contratación de bienes o servicios externos. Lo mismo sucede con los ayuntamientos de Madrid, Tarazona, Sevilla o Barcelona (entre otros).

 

Las actuaciones en las que se concretan estas cláusulas sociales son muy variadas y van desde la contratación de Centros Especiales de empleo o empresas de Inserción Social (Junta de Castilla y León), la incorporación de la perspectiva de género y obligación de realizar informes de impacto de género (Ayuntamiento de Madrid), el fomento de sectores en riesgo de exclusión social (Generalitat Valenciana),  o la no contratación con empresas que evadan impuestos a través de paraísos fiscales (Ayuntamiento de Barcelona, Cortes de Aragón).

 

Es importante señalar además como algunos de estos pliegos modifican los criterios de valoración de las propuestas presentadas reconociendo más valor a aspectos técnicos y sociales de los servicios por encima de los aspectos meramente económicos. Por ejemplo, la instrucción aprobada por el Ayuntamiento de Madrid incluye en las baremaciones la aportación de puntos adicionales por la inclusión de medidas de conciliación, el diseño de un Plan de Igualdad, la contratación de personas desempleadas o con diversidad funcional o la calidad social de la propia propuesta.

 

La visibilidad de estas actuaciones empieza a poner en evidencia la necesidad de implicación de las administraciones públicas en la Responsabilidad Social y el papel fundamental que juegan como modelos a seguir por parte del Segundo Sector.

 

 

 

Noticia del Boletín nº24 del Área de Igualdad, Gestión de la Diversidad y no discriminación de Fundación Cepaim financiado por la Dirección General de Migraciones, Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Fondo Social Europeo. [show-logos orderby='name' category='dgm,fse' activeurl='inactive' style='normal' interface='hcarousel' tooltip='false' limit='0' ]

 

 

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