Proyecto Atención Humanitaria según Real Decreto 441/2007, 3 de abril
Objetivos del proyecto
Este proyecto se basa fundamentalmente en la atención de personas inmigrantes y personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional en España, que se encuentren en situación de vulnerabilidad debido al deterioro físico y a la carencia de apoyos sociales, familiares y medios económicos y que lleguen a las costas españolas o formen parte de asentamientos que comporten graves riesgos sociales y sanitarios y precisen de programas de actuación inmediata para su subsanación.
¿Qué hacemos?- Acogida integral que incluye no sólo la atención de las necesidades básicas de alojamiento y manutención sino también la planificación de un itinerario individualizado/familiar en el que a través de la intervención social del equipo técnico, se facilita la contextualización en la sociedad de acogida, la adquisición de habilidades sociales, el aprendizaje del idioma, la formación, asesoramiento y apoyo jurídico y psicológico, etc. que favorezcan su integración en la sociedad de acogida.
- Traslados de las beneficiarias desde los lugares de recogida (CETI, CIE, costas, asentamientos u otros recursos de alojamiento) hasta los dispositivos de acogida o lugares de ubicación de las redes sociales y familiares.
- Atención en centros diurnos como instrumento para atender las necesidades básicas de las personas beneficiarias que no se encuentran adscritas a ninguno de los Dispositivos de Acogida y que requieren alguna de las siguientes prestaciones: Servicio de Higiene personal (Duchas y aseos), lavandería, tramitación de tarjetas sanitarias, clases de lengua y cultura española, preformaciones básicas, formación en hábitos sociales, acompañamiento sanitario, apoyo jurídico y administrativo, actividades interculturales, información diferentes servicios, derivaciones a recursos de alojamiento u otra índole, etc.
- Intervención en asentamientos para colaborar en la atención básicas y atención social de las personas que se encuentran residiendo en espacios utilizados a modo de vivienda, que no reúnen las condiciones mínimas de habitabilidad; que están al margen de la ley (esto es, sin ninguna relación contractual); tanto horizontales (viviendas abandonadas ocupadas, chabolismo, bajo plásticos, etc...) como verticales (hacinamiento en pisos), pueden estar situados en entornos rurales o urbanos.
Algeciras, Alicante, Almería, Alzira, Barcelona, Cartagena, Cartaya, El Ejido, Fuerteventura, Huelva, Lorca, Madrid, Mérida, Molina de Segura, Murcia, Navalmoral de la Mata, Níjar, Roquetas de Mar, Salamanca, Sevilla, Soria, Teruel, Torre Pacheco, y Valencia
Entidades colaboradorasMinisterio de inclusión, seguridad social y Migraciones, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones, Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, Subdirección General de Programas de Acogida y Atención Humanitaria