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La UE debe poner fin a la criminalización de la solidaridad con personas migrantes y refugiadas | Comunicado Conjunto

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La criminalización de la solidaridad en Europa está en alza. La sociedad civil y varios investigadores han identificado al menos 49 casos que se están investigando y procedimientos penales abiertos en 11 Estados miembros que afectan a un total de 158 personas en un estudio reciente de la plataforma ReSOMA. El número de personas criminalizadas por actividades humanitarias se ha multiplicado por diez, de 10 en 2015 a 104 en 2018.

Los objetivos son personas voluntarias, activistas, ONG, personal de barcos de rescate, miembros de familias de migrantes, y también periodistas, alcaldes y curas. El reciente arresto de la capitana del Sea Watch 3, Carola Rackete, es solo el último ejemplo de cómo se está culpabilizando a la gente por salvar las vidas de migrantes y por ofrecerles asistencia humanitaria que los Estados miembros no están dispuestos o no son capaces de ofrecer conforme a la legislación internacional y comunitaria.

Jueces independientes no han encontrado pruebas sólidas para condenar en la mayoría de los casos. Esto sugiere que los fiscales suelen usarse políticamente para frenar la solidaridad y crear un ambiente de hostilidad hacia los migrantes. La fiscalización de la solidaridad deriva en sospecha, intimidación, acoso y vigilancia a la sociedad civil, con consecuencias a largo plazo para el Estado de Derecho, la responsabilidad democrática, cohesión social, libertad de asociación y derechos fundamentales en la UE. Estas investigaciones erráticas aumentan la imagen negativa de las personas migrantes como criminales y perpetúan la percepción de caos en las fronteras europeas.

Criminalizar la solidaridad también distrae al público de los problemas reales de las políticas de asilo y migración de la UE: ausencia de entrada segura y de canales migratorios regulares, condiciones inadecuadas de acogida, vulneraciones de las obligaciones internacionales en las operaciones de búsqueda y rescate, devoluciones inmediatas a Libia y otros países vecinos de la UE y entre Estados miembros, y la falta de acuerdos claros sobre desembarco.

La mayoría de las investigaciones y procedimientos penales están relacionados con la ambigua definición de crimen recogida en la Directiva de Facilitación de la UE que no distingue entre tráfico de personas y trabajo humanitario. Pero la Comisión Europea ha sido reacia a considerar los vínculos entre la Directiva de Facilitación y la criminalización de la solidaridad, así como entre el cumplimiento con las políticas de la UE para combatir el tráfico de personas con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.[1] Además, la UE protege a defensores de los derechos humanos fuera de sus fronteras, pero no hace lo mismo con quienes actúan en solidaridad con migrantes dentro de sus fronteras.[2]

Por todo ello las más de 100 organizaciones que firmamos este comunicado pedimos a las instituciones de la UE y los Estados miembros que deben poner fin a la criminalización de personas y organizaciones que apoyan a quienes más lo necesitan. Para terminar con esta criminalización, recomendamos:

A las instituciones de la UE:

  • Revisar la Directiva de Facilitación de la UE definiendo claramente el tráfico de personas, de acuerdo con el Protocolo de Tráfico de Migrantes de la ONU, que requiere la intención criminal, como un ‘beneficio financiero u otro material’ o el enriquecimiento injusto. La nueva directiva debería impedir la criminalización de actores humanitarios, creando una cláusula de excepción obligatoria para todos los Estados miembros.
  • Hacer un seguimiento de signos tempranos que indiquen vigilancia de la solidaridad, antes de que se convierta en criminalización de actores humanitarios. Ese seguimiento podría ser llevado a cabo por un observatorio independiente vinculado a los mecanismos de supervisión del Estado de Derecho de la UE, y mediante investigaciones parlamentarias. La supervisión debería incluir no solo condenas penales, sino todos los casos de investigaciones criminales, así como el acoso y vigilancia continua de defensores de los derechos humanos de las personas migrantes.
  • Intensificar una misión de búsqueda y rescate comunitaria para abordar las lagunas en la protección humanitaria de las personas en el mar.
  • Adoptar directrices sobre el respeto a los derechos fundamentales de los defensores de los derechos humanos y actores humanitarios en la lucha contra el tráfico de personas y otras operaciones de control fronterizo. Dichas pautas deberían incluir el principio de firewall[3] para separar claramente la normativa migratoria y las obligaciones profesionales y de la sociedad civil (incluyendo el papel de los actores sanitarios, educativos, sociales y legales, así como la inspección de trabajo o las fuerzas y cuerpos de seguridad).
  • Dedicar fondos de la UE a la litigación estratégica y al apoyo a defensores de los derechos humanos en Europa, con un apoyo específico a la sociedad civil en los Estados miembros que experimentan retrocesos en el Estado de Derecho.

A los Estados miembros:

  • Dejar de interferir en misiones humanitarias de búsqueda y rescate.
  • Garantizar que los profesionales sociales y sanitarios, los cuerpos y fuerzas de seguridad (policía) y los inspectores de trabajo no estén obligados a recopilar y compartir información con las autoridades de inmigración, con base en el principio de firewall.

A la Unión Europea y sus Estados miembros:

  • Promover una atmósfera propicia para la atención humanitaria y la solidaridad hacia las personas migrantes. Eliminar las restricciones al espacio de la sociedad civil y prevenir violaciones de los derechos de los defensores de los derechos humanos, incluyendo campañas de descrédito, amenazas y ataques contra ellos, y otros intentos de obstaculizar su trabajo.
  • Ampliar y facilitar el acceso directo a los fondos de la UE para la sociedad civil bajo el Marco Financiero Plurianual para 2021-2027, incluyendo la atención humanitaria para migrantes indocumentados y para acciones que promuevan valores de la UE y el Estado de Derecho.
  • Adoptar e implementar políticas migratorias comunitarias equilibradas que incluyan rutas seguras y regulares hacia Europa, incluyendo programas de reasentamiento, rutas complementarias como el visado humanitario y marcos de autorización para trabajar, y políticas de trabajo para migrantes basadas en principios de trabajo digno y contando con niveles de cualificación que puedan contribuir a la reducción del tráfico de seres humanos.

Consulta las Organizaciones firmantes pinchando aquí.

 

 

[1] Todas las personas y las organizaciones de la sociedad civil tienen el derecho a la objeción de conciencia (artículo 10), libertad de expresión (artículo 11), libertad de asociación (artículo 12) y al derecho a la justicia (artículos 47-50). Los actores humanitarios tienen el derecho a ofrecer asistencia, en tierra y mar, especialmente cuando los Estados miembros no garantizan el derecho a la vida (artículo 2) o el ejercicio efectivo del derecho de asilo (artículo 18), la protección frente a la tortura u otros tratos o penas inhumanas o degradantes (artículos 4 y 19), trabajos forzados y tráfico de seres humanos (artículo 5). El derecho a la atención humanitaria no puede ser negado a personas obligadas a vivir en condiciones de miseria que vulneran su dignidad humana (artículo 1), sin el acceso a un alojamiento adecuado o a servicios básicos como agua corriente, electricidad, calefacción, asistencia social (artículo 34) o asistencia sanitaria (artículo 35). Tampoco se puede denegar la asistencia a personas víctimas de vulneraciones de derechos básicos como familias (artículo 7), menores (artículo 24), personas de edad avanzada (artículo 25) o personas con discapacidad (artículo 26). Finalmente, la ciudadanía de la UE tiene el derecho fundamental al buen gobierno (artículo 41), que implica la obligación de las instituciones de la UE de decretar legislación clara y protocolos que protejan el trabajo de defensores de los derechos humanos y actores humanitarios. [2] Las Directrices de la UE sobre el apoyo a los defensores de los derechos humanos destacan que “las actividades de los defensores de los derechos humanos son cada vez más reconocidas. Han contribuido a garantizar una mayor protección para las víctimas de vulneraciones. Sin embargo, este progreso se ha conseguido a un alto precio: los defensores han sido cada vez más objeto de ataques y sus derechos han sido vulnerados en muchos países. La UE considera que es importante garantizar su seguridad y proteger los derechos de los defensores de los derechos humanos”. [3] Nota de la Traducción: se trata de un concepto que implica que, por ejemplo, un migrante irregular que llegue al hospital, no vaya a ser denunciado a las autoridades por su situación administrativa; puede pasar también con migrantes irregulares víctimas de delitos que acuden a comisaría.

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